Conta Online Consulting
Ley 27.506 · Tech & Software

Pagá hasta 60% menos en impuestos.

Si tu empresa desarrolla software, biotech o servicios tech, calificás al Régimen de Economía del Conocimiento. Te inscribimos y gestionamos los beneficios año a año.

Para quién

Lo que nos cuentan los fundadores tech que todavía no se inscribieron

Si reconocés alguno, tu empresa está pagando impuestos de más.

Escuchaste del régimen pero no sabés si calificás

Software, biotech, audiovisual, IA, servicios profesionales exportables, nanotecnología: cada actividad tiene criterios técnicos concretos.

Estás perdiendo beneficios fiscales significativos

70% de bono fiscal + Ganancias reducida hasta 60%. Cada mes sin inscripción, pagás de más.

Tu contador no tiene experiencia con el régimen

Inscripción por TAD, documentación técnica y presentaciones anuales. Sin experiencia, demora meses.

Evaluamos, inscribimos y gestionamos. Vos seguís construyendo.

Nuestra solución

Lo hacemos por vos, de punta a punta

Inscripción, gestión mensual y cruce con tu contabilidad. Sin formularios para vos.

Diagnóstico sin costo

Analizamos si calificás antes de invertir tiempo. Sin compromiso.

Inscripción sin que toques un formulario

Preparamos y presentamos todo por TAD: certificaciones, libres deudas y adhesión ante la Subsecretaría.

Aplicamos el bono fiscal mes a mes

70% sobre aportes patronales. Lo usamos para cancelar IVA y otros tributos hasta su vencimiento.

Reducción de Ganancias hasta 60%

Alícuota reducida según tamaño: 60% micro, 40% mediana, 20% grande. Aplicada en tu DDJJ anual.

Renovación anual gestionada

Vencimientos, acreditación continua del 70% e informe anual. Vos no pensás en eso.

Estrategia fiscal integrada

Cruzamos los beneficios con tu estructura societaria, exportaciones y Ganancias para maximizar el ahorro.

El proceso

Cómo funciona, paso a paso

Todo 100% remoto. Nos encargamos del proceso para que vos te enfoques en tu negocio.

01Día 1

Diagnóstico

Revisamos actividades y facturación. Confirmamos si calificás y bajo qué categoría.

02Semana 1–2

Documentación

Libre deudas, acreditación del 70% y evidencia técnica. Listo para presentar.

03Semana 2–3

Inscripción TAD

Presentamos el expediente y respondemos los requerimientos del organismo.

042–4 meses

Registro aprobado

Quedás en el Registro Nacional de Beneficiarios y empezás a percibir los beneficios.

05Cada mes

Gestión mensual

Aplicamos el bono fiscal, reducimos Ganancias y cubrimos las renovaciones anuales.

Preguntas frecuentes

Lo que todos preguntan

Las dudas más comunes, respondidas de forma simple y directa.

Las actividades promovidas por la Ley 27.506 incluyen: desarrollo de software y SaaS, servicios informáticos y digitales, biotecnología y bioingeniería, nanociencia y nanotecnología, servicios audiovisuales, industria aeroespacial y satelital, inteligencia artificial, robótica e internet de las cosas, servicios geológicos y de prospección, ingeniería nuclear, y servicios profesionales exportables (consultoría, diseño, I+D). Cada una tiene criterios técnicos específicos que evaluamos en el diagnóstico inicial.
El régimen es para personas jurídicas constituidas en Argentina (SAS, SRL, SA, cooperativas). Los freelancers o monotributistas no pueden acceder directamente — primero deben constituir una sociedad. Si todavía no tenés sociedad, evaluamos si el régimen justifica el armado societario o si conviene esperar.
Al menos el 70% de tu facturación total debe provenir de las actividades promovidas. Se acredita con los libros IVA Ventas, las facturas electrónicas y la descripción de los servicios prestados. Para empresas con menos de 3 años de antigüedad o sin facturación previa, el requisito se simplifica: alcanza con desarrollar efectivamente la actividad promovida.
Se calcula sobre las contribuciones patronales que pagás por los empleados afectados a la actividad promovida, y se emite como un bono intransferible con validez de 24 meses. Lo usás para cancelar IVA, impuestos internos y otros tributos nacionales (salvo Ganancias, excepto en casos de exportación). Si además cumplís cuotas de inclusión de diversidad o carreras estratégicas, el beneficio se incrementa un 10% adicional.
La reducción es escalonada según el tamaño de la empresa: 60% para micro empresas, 40% para pequeñas y medianas, y 20% para grandes. Se aplica sobre la alícuota de Ganancias que corresponda a las actividades promovidas. En la práctica, una micro empresa de software puede pasar de pagar el 35% al 14% efectivo.
Desde que presentamos el expediente por TAD hasta la incorporación al Registro Nacional de Beneficiarios suelen pasar entre 2 y 4 meses, dependiendo de la carga del organismo y si surgen requerimientos adicionales. Durante ese plazo preparamos todo para que, apenas salga la aprobación, podamos aplicar los beneficios desde el primer mes.
Sí. Si dejás de cumplir el requisito del 70%, acumulás deudas fiscales o previsionales, o no presentás la información anual al organismo, podés ser excluido del régimen y perder el beneficio hacia adelante. Por eso la gestión continua es tan importante como la inscripción inicial.
Sí. Desde la fecha de inscripción en el Registro Nacional de Beneficiarios, gozás de estabilidad fiscal respecto de las actividades promovidas por el plazo de vigencia del régimen. Esto significa que, mientras cumplas los requisitos, nuevos impuestos o alícuotas superiores no pueden aplicarse sobre esas actividades.
Sí — y es donde mejor se aprovecha. Las exportaciones de servicios son actividad promovida por definición, y el bono de crédito fiscal puede aplicarse incluso al Impuesto a las Ganancias en operaciones de exportación. Si ya emitís Factura E, muy probablemente calificás.

¿Querés saber si calificás?

Reunión sin cargo. Analizamos tu caso y te decimos qué podés ahorrar.

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